12 ventajas de ahorrar con un PIAS para tu jubilación

¿Qué es un PIAS?

Es una de esas soluciones o fórmulas de ahorro especialmente diseñadas para la jubilación ¿Te preocupa el futuro de los planes de pensiones en España?

  • PP es Plan de Pensiones

  • PPA es Plan de Previsión Asegurado

  • PIAS es Plan Individual de Ahorro Sistemático

Esta es la ley que regula el PIAS:

LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONA FÍSICAS Y DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LAS LEYES DE LOS IMPUESTOS SOBRE SOCIEDADES

1ª Ventaja

El PIAS tiene la mejor fiscalidad del momento. El Gobierno ha potenciado este producto con la intención de complementar la prestación de jubilación de los españoles.

El PIAS goza de exención fiscal absoluta en estas condiciones:

  • Antigüedad mayor a 10 años desde la primera prima.

  • Constitución de una renta vitalicia garantizada.

Esto significa que las máximas ventajas fiscales sólo se aplican si  rescatamos nuestro  dinero después de 10 años, para cobrarlo en forma de Renta Vitalicia Garantizada.

2ª Ventaja

Aunque el PIAS, está pensado para complementar la pensión pública,no es preciso estar jubilado para rescatar lo que has aportado. Lo puedes rescatar desde el mes 13º después de haberlo contratado.

En ese caso conllevará alguna penalización y saldrás perdiendo pasta. Pero si lo sacas a partir del 10º año como renta vitalicia estás totalmente exento de impuestos y de penalización. TENGAS LA EDAD QUE TENGAS.

Puede entenderse como una herramienta para la independencia financiera, pero ¡ojo!

  • Cada año no se pueden aportar más de 8.000 €

  • En total no se pueden aportar más de 240.000 €

En definitiva, esto es un producto para que la gente normalita como tú y yo complementemos la pensión pública, que, si la llegamos a tener, será bien chiquirritinina. No es para que las grandes fortunas evadan impuestos.

Creo que tampoco es cosa de dormirse en los laureles y pensar: “Como estoy aportando al PIAS que he contratado ya no tengo que hacer nada más”

En circunstancias normales, no te digo que no, pero tal como está el patio, yo no bajaría la guardia. Es posible que se devalúe mucho el dinero en los próximos años, dicen por ahí. Por si las moscas, mejor ir controlando lo que te rente tu PIAS y no dejar de considerar el abrir vías para obtener ingresos pasivos.

Los ingresos pasivos los que no están relacionados con la actividad actual que estés realizando, sino que proceden de actividades que realizaste en el pasado, tú u otra persona, pero tú eres el beneficiario.P.e.

  • Escribes un libro y cobras derechos de autor.

  • Compras una casa y la alquilas.

  • Inviertes en un producto financiero y cobras los intereses.

  • Creas una red de ventas en un negocio multinivel y cobras comisiones de las ventas que se realizan en esa red.

  • …y muchas más

Es un seguro, por lo tanto lo comercializan aseguradoras. Lleva un pequeño capital por fallecimiento, porque lo debe llevar para ser un seguro. Pero esto no quiere decir que tus familiares estén cubiertos si tú falleces. Para eso es mejor que te hagas otro seguro que te cubra el riesgo de fallecimiento.

Entonces el PIAS entra dentro de los seguros de vida tipo ahorro. Los que haces para que tu familia no pase apuros económicos si te mueres o te quedas incapacitado/a se llaman de vida riesgo.

3ª Ventaja

Lo bueno que tiene un seguro es que, tal como están reguladas las aseguradoras, si la aseguradora quebrase, aún así, te darían todo tu dinero , tal y como se establece en la Actividad Liquidadora atribuida al Consorcio de Compensación de Seguros, organismo dependiente del Ministerio de Economía.

Los bancos no tienen una regulación análoga de tal forma que si todos o por lo menos unos cuantos (sospecho que con unos pocos sería suficiente), fuésemos a recoger nuestro dinero no nos lo podría dar porque no lo tienen.

4ª Ventaja

De ahí que te vuelvo a animar a que habrás una vía de ingresos pasivos a tu economía a través del sector de seguros y recibas educación financiera continua.

Otra cosa, el tomador, asegurado y beneficiario, han de ser la misma persona.

  • Tomador del seguro: es la persona que firma el contrato con la compañía aseguradora y asume los derechos y obligaciones del contrato, así como el pago de la prima.

  • Asegurado: es la persona sobre el que recae el riesgo o el propietario de los bienes asegurados.

  • Beneficiario: es la persona designada en el contrato con derecho a percibir la prestación del Asegurador en caso de que se produzca el siniestro cubierto en la póliza.

5ª Ventaja

Otra ventaja de tener nuestro dinero en un PIAS, es que el PIAS, al ser un seguro, no es ejecutable, esto quiere decir que no te lo pueden embargar.

6ª Ventaja

Cuando fallezcas tus familiares pueden recibir lo que quede de tu ahorro. Sin embargo, con la pensión pública, al fallecer, tus  familiares no reciben nada (salvo si hay viuda o huérfanos), en relación con el tiempo que cotizaste.

La flexibilidad que tiene también es valorable.

Como he puesto más arriba, lo puedes rescatar desde el mes 13º, no sin penalización, pero esta penalización va decreciendo con los años.

7ª Ventaja

Si has contratado el PIAS con una aseguradora, pero luego quieres cambiar a otra, no importa por la razón que sea, tienes derecho de movilización a otro PIAS desde el primer momento y en 7 días debe estar en la otra aseguradora.

8ª Ventaja

A partir también del mes 13º puedes interrumpir las aportaciones o volverlas a activar cuando quieras (avisando a la aseguradora, desde luego, no mandando orden al banco de que no pague y ya está)

  • Aunque interrumpas las aportaciones los 10 años para la exención fiscal total te cuentan desde que lo contrataste.

9ª Ventaja

Puedes aumentar o disminuir la prima mensual, después del primer año y así ajustas los pagos a tu situación económica.

10ª Ventaja

O cambiar la  forma de pago a tu comodidad. El primer pago es anual (pero a veces se puede financiar y pagarlo mensualmente) después, si quieres lo pasas a aportación mensual, trimestral o semestral.

11ª Ventaja

Que te llega un dinerillo extra, pues haces una aportación extraordinaria. El mínimo son  600 euros. Puedes hacerlo las veces que quieras siempre que no pases los topes de 8.000 €/año, 240.000 € en total contando con las aportaciones periódicas que vayas haciendo.

12ª Ventaja

Eso sí, cada año te va a subir un poco la prima, esto es una revalorización  automática de las primas anuales para vencer la inflación.

 

Fuente: Ingresos hoy en día

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