Pedir un préstamo para comprar una vivienda es una de las principales decisiones económicas que tomaremos a lo largo de nuestra vida. Supondrá un esfuerzo más o menos notable en función de la localización y metros de la misma, así como de nuestros propios ahorros. Según el Consejo General del Notariado, los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de una vivienda se han incrementado en un 15%. Es conveniente mencionar algunos detalles que debemos tener en cuenta antes de lanzarnos a firmar o si ya hemos firmado, podemos revisar nuestro contrato.
NO es obligatorio contratar seguros con tu hipoteca
Según la ley 26/2006 “los mediadores de seguros y reaseguros privados no podrán imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguro”. Sin embargo, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) apunta que “las entidades de crédito muy frecuentemente supeditan la concesión del préstamo a la contratación de un seguro de daños”. De este modo, existiría garantía de cobro si la casa sufriese algún daño. De manera que, sólo existiría la obligación de que la vivienda contase con un seguro de daños en el caso de que el banco te conceda un préstamo hipotecario.
Actualmente el Euríbor está bajo mínimos
Desde el mes de noviembre el Euríbor ha alcanzado su cota más baja. Las consecuencias son buenas para aquellas personas que llevan un tiempo continuado pagando su hipoteca, ya que pagarán menos en sus cuotas gracias a la bajada del Euríbor.
‘Cláusulas suelo’ abusivas
El Tribunal supremo llevó a cabo en 2013 el análisis de las ‘cláusulas suelo’ de las hipotecas, concluyendo que para no ser consideradas abusivas, éstas debían ser “comprensibles” y “transparentes” y, por tanto, el consumidor debe comprender lo que está firmando y saber que si el Euríbor baja, la cantidad que paga cada mes, también debe descender.
De manera que, hay que comprobar que nuestra hipoteca no contenga ninguna de estas disposiciones y, en el caso de que las contenga, demostrar que no éramos conscientes de ello y reclamar la devolución de la cantidad abonada.
Cabe señalar que, según el Tribunal Supremo, las entidades bancarias sólo tendrán que devolver los importes cobrados de más desde el 9 de mayo de 2013, quedando excluidas las cantidades pagadas de más cuando iniciamos el crédito.
Si no pagas a tiempo, más tarde pagarás una penalización
Si se produce un retraso en el pago de las cuotas del préstamo hipotecario, automáticamente se generará un importe adicional por demora. Los interesen deben venir recogidos en el contrato de la hipoteca.
Tu hipoteca se puede negociar
Debes saber que tu hipoteca sí se puede negociar. No se trata de un producto firme y cerrado. Si intentas negociar con tu banco, probablemente obtendrás mejores condiciones de las que dispones en cuanto a los tipos de interés, por ejemplo.