Por desgracia, nos encontramos en una situación económica difícil debido a la crisis sanitaria provocada por el Covid-19. Esto acaba teniendo consecuencias en el bolsillo de los ciudadanos que, en ocasiones, se ven en situaciones difíciles que impiden el pago del alquiler por una reducción de ingresos. Contratar una póliza que te proteja ante posibles impagos se convierte en esencial para evitar que tu economía se vea afectada.
El seguro de alquiler dispone de una amplia gama de coberturas para que el arrendador no tenga que preocuparse por nada:
✅ Impagos de alquiler hasta 12 meses
✅ Gastos de cerrajería en caso de desahucio
✅ Impagos de recibos de suministros
✅ Asistencia en el hogar 24 horas
✅ Defensa jurídica en caso de desahucio
✅ Limpieza del hogar tras el desahucio
✅ Reparación de la vivienda por actos vandálicos del inquilino (opcional)
El pago de la cuota es anual, por lo que no se permite el pago fraccionado.
En caso de siniestro urgente, en menos de 24 horas te visitará un reparador (cerrajeros, cristaleros, electricistas, fontaneros…) para que tu casa esté siempre a punto.
En caso de que el inquilino rompa el contrato de alquiler, debes notificar a la empresa aseguradora para que te hagan el reembolso – hasta un máximo de 6 meses – de tu prima no consumida, siempre y cuando no haya habido siniestros en la misma anualidad.
Respecto al uso de la vivienda o el tipo de arrendamiento, quedan excluidos:
❌ Arrendamientos de Temporada (apartamentos de playa o montaña).
❌ Períodos de arrendamiento inferiores a 12 meses. (Contrato “estable”)
❌ Viviendas para ejecutivos donde el arrendatario es la empresa empleadora de los ocupantes.
❌Viviendas para personal diplomático y/o consular.
❌Viviendas compartidas o subarrendadas.
❌ Viviendas desocupadas.
❌ Alquiler de habitaciones.
Respecto al tipo de vivienda, quedan excluidas:
❌ Infraviviendas.
❌ Viviendas con superficie inferior a 25 m2.
❌ Sin suministros ni servicios públicos de agua y electricidad.
❌ En edificios declarados en ruina o con un expediente de declaración de ruina en curso.
❌ Con una antigüedad superior a 50 años sin haberse rehabilitado en los últimos 50 años (tuberías y electricidad).
❌ Construidos con materiales combustibles en más del 25%.
❌ Viviendas prefabricadas.
❌ Riesgos situados fuera del territorio español.
❌ Riesgos situados en edificios en construcción.
❌ Riesgos en los que se realicen actividades industriales y/o comerciales.