¿Una multa de tráfico nueva? Y esta vez, ¿no te la merecías? Si te ha llegado una multa de radar que no es correcta no dejes pasar el tiempo. Paga o recurre, pero no pierdas dinero. ¿Quieres recurrirla? No te pierdas el post de hoy, repasamos cómo recurrir una multa de radar en 10 pasos.
Os lo decimos de lunes a viernes, los fines de semana y en vacaciones: las prisas no son buenas consejeras, y menos al volante. Ante un agente de tráfico puede que te valgan las excusas y los despistes, a un radar no le servirán y la multa puede ascender a los 600€, 6 puntos menos en el carné e incluso penas de cárcel.
Tráfico ingresa más de 1.000.000 de euros al día en multas
La Dirección General de Tráfico (DGT) dispone de 850 radares, la mitad de los cuales son móviles. Radares, móviles y fijos, y seis helicópteros Pegasus son los encargados de cazar los excesos de velocidad y las infracciones más pintorescas en carretera.
Los tres tipos de radares que pueden cazarte
Los radares móviles se usan en carreteras secundarias, las que han registrado mayor siniestralidad. Estos funcionan con operador, en movimiento o parados. Pueden ir en los coches de la Guardia Civil o en coches camuflados que no son fáciles de identificar entre los vehículos particulares.
Aunque a comienzos del año 2015 hubo noticias que anunciaban que la DGT no iba a seguir utilizándolos, y que los haría todos visibles, en el pasado mes de junio se supo que se habían hecho con 50 coches nuevos para retirar los más antiguos. Ahora son mucho más discretos, con frecuencias indetectables y cámaras completamente integradas en el chasis. Pista: la mayoría se instalaron en Citröen C4 Picasso y Peugeot 3008, aunque en principio, estos radares deberían colocarse siempre a la vista del conductor.
Los radares fijos de la DGT funcionan sin operador y puedes verlos en cabinas al margen de la carretera o en postes. Esos radares deben estar siempre señalizados.
También puedes encontrarte con los radares de tramo. Estos son más fiables que los fijos, porque calculan la velocidad media que has llevado en un tramo determinado. Estos están claramente señalizados, así que cuando te encuentres con uno de ellos, mantén una velocidad similar o para curarte en salud levanta un poquito el pie para ir por debajo del límite.
Cómo funcionan los nuevos márgenes de los radares
Antes los radares trabajaban con un margen de error del 10%. Eso significa que, con los antiguos sistemas de detección de velocidad, podías circular por una autovía con un límite de velocidad de 120 km/h, y los radares sólo comenzaban a poner multas a partir de los 130 km/h de velocidad.
Actualmente, los radares de tráfico son mucho más sensibles y tienen una puntería divina a la hora de medir la velocidad a la que circulas. La DGT trabaja con sistemas de detección con un margen de error del 7% para los radares fijos y los radares móviles.
Ahora los radares te harán la foto si circulas a 128 km/h en un tramo limitado a 120. Si circulas entre los 30 y los 90 Km/h, el margen de tolerancia será de 7 kilómetros.
Además, desde el pasado 1 de marzo Tráfico ha adaptado los radares para que distingan entre una furgoneta, un camión, un turismo o una motocicleta para aplicar la sanción por exceso de velocidad que le corresponda a cada tipo de vehículo.
El 70% de los multados por exceso de velocidad optan por el pronto pago y pasan de recurrir una multa de radar
Probablemente sea porque un recurso se convierte en un largo peregrinar por administraciones y al final los multados prefieren dejarse de líos. Pero, que te llegue una multa no siempre quiere decir que seas culpable, si no que se lo digan a Sònia, a la que le llegó una multa por exceso de velocidad cuando su coche iba subido en una grúa. Porque existen situaciones y sanciones marcianas, la Constitución te ampara con la presunción de inocencia, es tu derecho, así que ¡haz uso de él!
Si no hay pruebas determinantes y estás convencido de que no has rebasado los límites de velocidad y que la multa que te ha llegado no es justa, presta atención, esto es lo que debes saber al recurrir una multa de radar.
1 Plazo para recurrir una multa de radar
Lo primero que debes saber es que las multas se hacen efectivas en cuanto te la pone el agente.
Según el código de Seguridad Vial, las multas pueden notificarse más tarde en tres casos: cuando la detención del vehículo suponga un peligro para el conductor y la circulación del resto de vehículos; cuando tu vehículo esté estacionado en la calle y estés ausente; cuando exista una fotografía por parte de tráfico que acredite la infracción cometida.
A partir de ese momento, tendrás 20 días para recurrir una multa de radar, incluyendo domingos festivos. De todos modos encontrarás el plazo exacto en el reverso de la multa.
2 Adiós al descuento por pronto pago
¿Estás convencido de que quieres recurrir una multa de radar? Si decides presentar tus alegaciones perderás automáticamente el descuento del 50% por pronto pago.
3 Busca errores en la multa de radar
Repasa detenidamente la multa buscando errores de forma. Asegúrate de que todos los datos sean correctos, como por ejemplo tus datos personales, DNI, nombre, apellidos… y por supuesto la identificación que han hecho de tu vehículo.
4 Datos de la multa de radar
La multa que te entreguen deberá:
Identificar tu vehículo y especificar su matrícula, marca, modelo y color.
El nombre del denunciado.
Una explicación completa de los hechos por los cuales te han multado y los datos y firma del agente que tramita la infracción (en caso de que sea de un radar móvil). No sería justo que firmase la denuncia un agente que no presenció la infracción.
¿No te pararon para ponerte la multa? Cuando te llegue la carta a casa con la multa de radar, lo primero que debe mirar es si te ha llegado la solicitud para que identifiques al conductor. Si no te he ha llegado quiere decir que el ayuntamiento o la DGT presupone que eres tú, como titular del vehículo el infractor. No te conformes, lo mejor es recurrir una multa de radar solicitando su nulidad por “atribución arbitraria de responsabilidad”
5 La foto del radar
Como los radares funcionan de forma tan precisa, la foto que te envíen debe cumplir el mismo requisito: precisión.
La fotografía que te envían con una multa de radar es la prueba más importante que deben aportar cuando te sancionan por exceso de velocidad o por haberte saltado un semáforo, por ejemplo. Por eso, si hay algo que no te cuadra en la imagen tendrás el argumento perfecto para presentar alegaciones y recurrir una multa de radar.
La foto del radar siempre debe ser nítida. Siempre debe estar hecha sin flash para evitar destellos y reflejos, y en ella no debe aparecer otro vehículo que no sea el tuyo.
En la imagen deberías identificar a la perfección el modelo de tu coche y la matrícula. Si no se cumple, estás ante un error de forma.
6 Qué es el pliego de descargo
Para recurrir una multa de radar tendrás que presentar un documento que se llama “pliego de descargo”.
Aunque estos documentos tipo puedes encontrarlos fácilmente en Internet, lo ideal es que recurras a un equipo de expertos que te ayude con esa gestión, ya que debe definir claramente los motivos por los cuales la multa que te ha llegado no es correcta. Algunos seguros de coche también cubren ese servicio de recursos.
En ese pliego, además de las alegaciones y todas las pruebas que consideres oportunas, deberás incluir todos tus datos personales: nombre, apellidos, DNI, dirección postal y teléfono de contacto. También deberás incluir los datos de la denuncia: número de expediente, fecha de la denuncia y todos los datos de tu vehículo.
7 Dónde presentar tu recurso
Si es la DGT quien te ha multado, la forma más rápida y cómoda es hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico puedes presentar las alegaciones y recursos con el DNI o certificado digital.
Para recurrir una multa de radar impuesta por la Policía Local tendrás que acudir alAyuntamiento.
Los organismos correspondientes deberán darte respuesta a tu recurso en 15 días.
8 Después de presentar las alegaciones
Si tras recurrir un multa de radar desestiman tu pliego de descargo, tendrás un mes para presentar un segundo recurso, en esta ocasión ante el Ministro del Interior. Además,tendrás derecho a que te envíen las pruebas que quieras solicitar para demostrar que esa multa es legal y presentarlas en tu “recurso de reposición”, el proceso para reafirmar tu recurso.
9 Qué pruebas del radar puedes pedir
Si estás seguro de que tú no circulabas a la velocidad indicada, o por esa carretera, cuando te llega una multa de radar por exceso de velocidad en tu recurso puedes exigir pruebas sobre el funcionamiento del dispositivo.
En la foto quedan reflejados el día y la hora en los que se hizo la fotografía, la velocidad a la que se circulaba y el modelo del radar, pero para saber que ni la multa ni el radar han sido manipulados, puedes solicitar:
- La ubicación exacta del radar, sus características y el margen de error que admite.
- Su certificado de homologación.
- Un informe de la última revisión que ha pasado el radar.
- El número de equipo y el vehículo en el que iba instalado.
- ¿El radar que te hizo la foto era móvil? Asegúrate de que estaba situado fuera de la calzada. Si no es así, tendrás otro motivo para recurrir una multa de radar. Siempre que la seguridad lo permita los radares deberán estar en una zona visible.
10 Las multas también caducan
Las autoridades tienen plazos para comunicar las multas de tráfico: 3 meses para las sanciones leves (como un estacionamiento); 6 meses para las graves (hablar por el móvil, no respetar los límites de velocidad o no llevar el cinturón) y hasta un año para las muy graves (superar en más del 50% el límite de velocidad, conducir bajo los efecto del alcohol o llevar inhibidores de radar).
Si te llegan más tarde podrás alegar que han prescrito y no tendrás la obligación de pagarlas.
En cuanto al cobro: si DGT o Ayuntamiento hacen firme una multa de radar y no inician el proceso de cobro en 4 años, ya no podrán hacerlo, la sanción habrá prescrito. Aunque no te emociones demasiado, hoy en día es prácticamente imposible que esto suceda.
Las soluciones menos útiles
Seguro que has oído hablar de detectores e inhibidores para ahorrarte más de una multa de radar. Pues bien, actualmente la Ley de Tráfico prohíbe el uso de los detectores y conllevan una multa de 200 euros y tres puntos del carné para los conductores que los lleven instalados.
Los inhibidores también son ilegales. Estos no solo detectan la señal del radar, si no que además interfieren en su funcionamiento ofreciendo una lectura errónea. Las multas para los conductores que utilicen este tipo de accesorios ascienden a los 6.000 € y pérdida de seis puntos.
Sin embargo, los avisadores, integrados en casi todos los sistemas de GPS sí son legales, no interfieren en las señales ni ofrecen ubicaciones exactas para los radares móviles.